CC.OO. y UGT condenan la muerte de un trabajador de la hostelería en la capital granadina
Reclaman una mayor vigilancia por parte de los organismos competentes y sanciones para las empresas que incumplan la ley
Delegados de Comisiones Obreras (CC.OO.) y la Unión General de Trabajadores (UGT) Granada se han concentrado en la mañana de hoy, 1 de abril, para condenar la última muerte en accidente laboral de la provincia de Granada, la segunda ocurrida en 2024. Se trata de un trabajador de cincuenta y dos años que el pasado miércoles, 27 de marzo, sufrió un paro cardíaco mientras trabajaba en un establecimiento de restauración de Granada capital.
El responsable de Servicios CC.OO. Granada, Roberto Ariza, tras condenar este "lamentable" accidente y mostrar su solidaridad con los familiares del fallecido, ha denunciado las condiciones de "semiesclavitud y explotación" que sufren cientos de trabajadores de la hostelería en la provincia y que, "en este caso, han desembocado en un paro cardíaco que ha provocado la muerte de una persona en su puesto de trabajo".
En este sentido, ha explicado que el accidente laboral por colapso cardíaco se produjo en torno a las 19:00 horas y que el trabajador empezaba su turno a las 10:00 horas de la mañana, teniendo previsto prestar servicio hasta el cierre del local, "por lo que desde CC.OO. insistimos de forma clara y contundente" que "los trabajadores de hostelería sufren en silencio horarios incompatibles, en muchos casos, con la salud laboral".
Para Ariza, las relaciones laborales se han precarizado hasta límites insospechados, hasta el punto de que mientras los beneficios en turismo y hostelería aumentan peores son las condiciones laborales. En la hostelería, el problema más extendido es, en su opinión, la prolongación de jornadas a base de horas extras no declaradas, que equivalen a unos cientos de contratos a jornada completa y suponen "un fraude claro a la Seguridad Social". A esto, ha puntualizado, se añade el trabajo nocturno y en festivo, "que el empresario exige pero no retribuye según convenio".
Por todo ello, el responsable sindical ha concluido que desde Comisiones Obreras se reclama una mayor vigilancia por parte de los organismos competentes, en este caso, la Inspección de Trabajo, y, por supuesto, sanciones para las empresas que incumplan la ley.
Por su parte, Antonio Jesús Zarza, secretario general de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT Granada, quien ha mostrado también su pésame a familiares y conocidos del trabajador fallecido, ha reclama a la Inspección de Trabajo investigar la situación laboral del trabajador y las causas del accidente, "ya que es habitual en el sector de la hostelería que los trabajadores alarguen sus jornadas muy por encima de la legalidad vigente".
Así, ha detallado que se debería investigar no sólo la duración de la jornada laboral del día del fallecimiento sino de las semanas anteriores, así como que se hayan hecho en la empresa los obligatorios reconocimientos médicos.
El ugetista ha recordado que un infarto en el trabajo es un accidente laboral, como reconoce la normativa legal y el Tribunal Supremo, explicando que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo, lo que así ha sido interpretado por el Tribunal Supremo en el sentido de entender que el infarto de miocardio, así como otras similares enfermedades que se manifiestan súbitamente, constituyen accidente de trabajo cuando quien los sufre se encuentra en el tiempo y en el lugar de trabajo, salvo que se destruya la presunción adecuadamente. Y dicha presunción, ha proseguido, no queda destruida por el hecho de que un trabajador hubiera sufrido ya antecedentes de tipo cardíaco o coronario o de tabaquismo u otras patologías análogas e incidentes de infarto en fechas anteriores al mismo.
Para concluir, Zarza ha afirmado que es importante que las empresas tengan, en sus planes y evaluaciones de prevención de riesgos laborales, acciones preventivas para las enfermedades cardiovasculares en el ámbito laboral, especialmente sobre los trabajadores que tengan antecedentes o afecciones cardiovasculares, sin olvidar la vigilancia de la salud de estos trabadores con protocolos específicos.